BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN

“PROMO ENERGÍA PARA GANAR”

  1. La promoción denominada “Promo Energía para Ganar” (la “Promoción”) es organizada por TOTAL ESPECIALIDADES ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-55449610-1, con domicilio en Moreno 877 piso 22, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (el “Organizador”) quien es el único responsable de la mecánica, desarrollo y proceso de selección final de los ganadores. La Promoción se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”). Las personas intervinientes en la Promoción, por su sola participación, aceptan de pleno derecho y de forma incondicional las disposiciones de estas Bases.

  2. La Promoción tendrá vigencia dentro del Territorio de la República Argentina (el “Ámbito Geográfico”), desde el 14 de abril del 2025 al 15 de junio del 2025 (el “Periodo de Vigencia”) y será difundida mediante publicidad en medios digitales y en los demás medios de comunicación que eventualmente establezca el Organizador.

  3. Podrán participar de la Promoción las personas humanas mayores de 18 años y las personas jurídicas que sean titulares de comercios Quartz Auto Services o lubricentros clientes de los Distribuidores (como se los define más adelante en este párrafo), que estén habilitados para la venta y service de automotores y lubricantes, ubicados en el Ámbito Geográfico que, durante el Periodo de Vigencia, compren combos de los productos participantes, adquiridos directamente de los distribuidores oficiales, los que están listados en el Anexo “A” (los “Distribuidores”) o que comiencen a hacerlo durante el transcurso del Periodo de Vigencia y antes del 15 de junio de 2025 y que sean invitados a participar de la Promoción por los Distribuidores (en conjunto, los “Participantes”, e individualmente, el/la “Participante”).

  4. No podrán participar de la presente Promoción ni volverse acreedores del Premio (como se lo define en el punto 8 de estas Bases) las personas jurídicas y/o personas humanas responsables de los establecimientos Quartz Auto Services y lubricentros clientes de los Distribuidores domiciliadas fuera del Territorio, tampoco el personal del Organizador ni de ninguna de las sociedades vinculadas con éste, de sus agencias de publicidad o marketing o de cualquier otro proveedor vinculado directa o indirectamente a esta Promoción, ni sus cónyuges y/o sus parientes por consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, ni tampoco los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de comienzo de la promoción, ni sus parientes hasta el mismo grado antes mencionado.

  5. Por su sola participación en esta Promoción, los establecimientos Quartz Auto Services y lubricentros clientes de los Distribuidores aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones descritas en estas Bases. Toda conducta abusiva, fraudulenta o contraria a la buena fe, autorizará al Organizador a descalificar de la Promoción al Participante que hubiera incurrido en alguna de dichas conductas siendo cualquier decisión en ese sentido inapelable. Asimismo, la participación de cada Participante implica su reconocimiento de las decisiones que el Organizador tome con relación a la Promoción como de carácter definitivo e inapelable toda vez que las mismas sean debidamente comunicadas, no resulten abusivas ni infundadas, no perjudiquen dolosamente el derecho de los Participantes, se ajusten al régimen legal vigente y hayan sido comunicadas a los Participantes.

  6. Participan de la Promoción los siguientes productos lubricantes TotalEnergies en presentación de caja con 6 bidones de 4 litros: (i) QUARTZ 9000, (ii) QUARTZ MC3 y (iii) QUARTZ INEO FIRST.

  7. Durante la vigencia de la promoción, los Participantes que realicen la compra de los productos participantes detallados en el punto anterior recibirán (1) un código por cada combo de 6 (seis) productos adquirido. Cada código equivale a 1 (una) chance para participar en el sorteo (la “Chance”).

    Para validar su participación, el cliente deberá cargar su código en https://amepromo.totalenergies.com/argentina/b2b/, ingresando los datos solicitados.

    Cuantos más combos de (6) seis productos adquiera, más chances acumulará para el sorteo del Premio (el “Sorteo”). No hay límite de chances por Participante.

  8. Se sortearán seis (6) plazas en base simple para un viaje todo pago al FIA WEC 6 horas de San Pablo con el Equipo Peugeot - TotalEnergies (en adelante, el “premio”). Ningún participante podrá ganar más de un Premio.

    Cada Premio incluye:

    • Tickets de avión ida y vuelta.
    • Traslado en destino.
    • Hospedaje en base doble.
    • Comidas durante la estadía.
    • Entradas a la competencia.

    El Premio no incluye:

    • Traslados desde/hacia el aeropuerto en Argentina.
    • Gastos personales o adicionales no especificados en el punto anterior.

    En caso de que un ganador no pueda hacer uso del Premio, se elegirán cinco (5) suplentes por cada ganador, quienes serán contactados en el orden en que hayan sido sorteados. Si ninguno de los suplentes acepta el Premio, este podrá quedar vacante.

    El Premio no podrá ser canjeado por dinero ni transferido a terceros.

  9. Las participaciones con Datos Personales, Comprobantes de Compra, y/o Códigos falsos, incompletos o inexactos, o la utilización de scripts, macros, bots o cualquier otro sistema automatizado para participar de la Promoción serán anuladas y el Participante será descalificado. Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en la Promoción, que se realice por cualquier proceso, técnica o mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, automática, programada, mecanizada o similar llevará a la anulación de todos los registros realizados por el Participante.

  10. Sorteo: El Sorteo se realizará el 17 de junio de 2025 a las 16:00 hs. y se computarán las Chances generadas por los Participantes desde el inicio del Periodo de Vigencia hasta el 15 de junio de 2025.

  11. El Sorteo se llevará a cabo ante escribano público en Av. del Libertador 8460, piso 14, “B”, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la utilización de un software, que elegirá al azar, para el sorteo, un (1) Participante, que podrá ganar un Premio, y finalmente a cinco (5) Participantes “Suplentes” (en conjunto, los “Potenciales Ganadores”), para el caso que uno o más de los Potenciales Ganadores elegidos en primer término, por cualquier motivo, no cumpliese con alguno de los requisitos que se establecen en las Bases para la participación en la Promoción o para la asignación de los Premios. El primer Participante suplente será el suplente del Participante elegido en primer término y, si aquel no fuese designado finalmente ganador, se elegirá mediante un nuevo sorteo un nuevo Participante suplente y así sucesivamente.

  12. La probabilidad matemática de ser elegido en los Sorteos dependerá de la cantidad de Participantes que participen de ellos y de las Chances con las que participe cada Participante. Si en cualquiera de los Sorteos se registrasen 2.000 Participantes y esos Participantes participasen del Sorteo con 2 Chances, la probabilidad de cada Participante de ser elegido en el Sorteo como Potencial Ganador del Premio de será de 2 en 2.000.

  13. Los Potenciales Ganadores de los Premios serán notificados de su condición de tales mediante un correo electrónico enviando desde la dirección de correo electrónico promototalenergies@main.net.ar y dirigido a la casilla de correo electrónico que informó cada Potencial Ganador al registrar su participación (la “Notificación”). En la Notificación se indicará la fecha, horario y datos de ingreso a la reunión que se llevará a cabo mediante la plataforma “Zoom” o mediante otra plataforma similar que establezca el Organizador y que permita la comunicación electrónica, con imagen y sonido (la “Reunión de Zoom”), a la cual deberá asistir el Potencial Ganador para reclamar la asignación del Premio y contestar las preguntas de cultura general que le formulará el Organizador, como condición para la asignación del Premio. Si el Organizador no lograra notificar a un Potencial Ganador después de realizar al menos dos (2) intentos, separados cada uno por no menos de treinta (30) minutos, cualquiera sea la causa de esa imposibilidad, incluyendo - pero sin limitarse – por encontrarse llena su casilla de correo electrónico o por la ubicación de la Notificación en la carpeta de correo no deseado o si el Potencial Ganador no se presentase a la Reunión de Zoom en la fecha y el horario establecido en la Notificación, perderá automáticamente el derecho a que el Premio le sea asignado y el Organizador notificará al primer Potencial Ganador suplente y así sucesivamente. En la Reunión de Zoom los Potenciales Ganadores deberán, como condición para la asignación de los Premios: (i) exhibir su Documento Nacional de Identidad y enviar a la dirección de correo electrónico que se le indicará en la reunión de Zoom una fotocopia del mismo; (ii) contestar correctamente al menos cuatro (4) de las cinco (5) preguntas de cultura general que les formulará el Organizador; (iii) otorgar la autorización para el uso de su imagen mencionada más abajo. La falta de reclamo de la asignación de los Premios en la forma establecida en estas Bases o la contestación incorrecta de más de una (1) de las cinco (5) preguntas de cultura general o el incumplimiento de cualquier otra de las condiciones establecidas en estas Bases como condición para la asignación del Premio, hará perder, automáticamente, sin necesidad de previa intimación o comunicación adicional alguna, a su Potencial Ganador, el derecho a su asignación. Los Premios no asignados a ganador alguno, si los hubiere luego de realizado el procedimiento correspondiente con los Potenciales Ganadores suplentes respectivos, quedarán en propiedad del Organizador.

  14. El ganador del Premio recibirá el Premio a través de un envío de correo electrónico enviado por el Organizador.

  15. Los Premios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de lo indicado en el punto 5. de estas Bases, el derecho a su asignación es intransferible y no podrá requerirse su canje por dinero ni por otros bienes o servicios, caso contrario sus Potenciales Ganadores perderán automáticamente todo derecho a su asignación.

  16. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la asignación de los Premios, el Organizador dará a publicidad los nombres de los ganadores.

  17. El Organizador no otorga ninguna garantía distinta de la garantía legal establecida en la ley 24.240, de Defensa del Consumidor, con relación a los Premios puestos en juego ni serán responsables de daños, perjuicios o pérdidas ocasionados a los Ganadores o a terceros, en sus personas o bienes, con motivo o en ocasión del uso de los Premios. La responsabilidad del Organizador finalizará con la entrega de los Premios a los Ganadores. Tampoco será responsable el Organizador por eventuales fallas en los sistemas informáticos dispuestos para la recepción de datos, ni por el mal funcionamiento de los equipos de computación utilizados por los Participantes para el ingreso de los datos para participar, ni por fallas en los equipos de comunicación, de suministro de energía, de la red Internet, de la transmisión vía “streaming” o de la plataforma “Zoom” ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la Promoción. Los gastos no mencionados en las presentes Bases y Condiciones y/o todo otro gasto adicional en el que incurran los Participante/es, serán a cargo de estos. Estará a cargo del Participante Ganador toda tasa, impuesto, patente, sellado y/o contribución que deba tributarse sobre o en relación con el Premios, como así también los gastos en que incurran los Ganadores cuando hagan uso de sus Premios.

  18. El Organizador podrá, a su discreción, ampliar la cantidad de premios ofrecidos y/o el Periodo de Vigencia. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, a su exclusivo criterio, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción. Toda modificación que se realice a estas Bases será sin alterar la esencia de la Promoción.

  19. Estas Bases podrán ser consultadas, durante el Periodo de Vigencia, en www.totalenergies.com.ar/promociones/energiaparaganar y en comercios Quartz Auto Services o lubricentros clientes de los ubicados en el Ámbito Geográfico.

  20. La participación en la Promoción implica la autorización gratuita de los Participantes y, en su caso, sus tutores o representantes legales, al Organizador para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de su imagen, voz y Datos Personales, en cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo, pero no limitando a, presentaciones en televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.), con cualquier finalidad, hasta transcurridos tres (3) años de la finalización del Periodo de Vigencia, sin derecho a reclamo de indemnización o compensación alguna. Los Participantes garantizan, con su participación en la Promoción, que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción o la puesta en el comercio de su imagen, voz o Datos Personales y se compromete a mantener indemne al Organizador respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceros. Los Potenciales Ganadores, como condición de la asignación de los Premios, deberán concurrir a las sesiones de fotografía o filmación que le requiera el Organizador y suscribir la documentación adicional relacionada con la autorización establecida en este apartado que les requieran el Organizador, bajo apercibimiento de perder la posibilidad de percibir el Premio que se les hubiera asignado, a discreción del Organizador.

  21. Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por el Organizador, TOTAL ESPECIALIDADES ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-55449610-1, con domicilio en Moreno 877 piso 22, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. Cada titular de los Datos Personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la ley N.º 25.326 (Disposición 10/2008, artículo 1º, B.O. 18/09/2008). La Agencia de Acceso a la Información Pública, Órgano de Control de la ley N.º 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre Datos Personales. Al momento de facilitar al Organizador sus Datos Personales, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales Datos Personales puedan ser utilizados por el Auspiciante con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N.º 25.326. El titular de los Datos Personales podrá solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos, enviando un e-mail a la dirección de correo electrónico promototalenergies@main.net.ar.

  22. El Organizador no solicitará a los Participantes ni a los Potenciales Ganadores ninguna de las siguientes informaciones o acciones: datos de tarjeta de crédito o débito, claves bancarias, contraseñas, realización de transferencias o depósitos bancarios, extracciones de cajeros automáticos o cajas de seguridad, como así tampoco el pago de sumas de dinero, compra de bienes o contratación de servicios. En caso de dudas o consultas sobre la Promoción o notificaciones recibidas, los Participantes pueden comunicarse vía correo electrónico a promototalenergies@main.net.ar.

  23. Toda relación que en virtud de la Promoción se genere entre los Participantes y el Organizador será regida por las leyes de la República Argentina. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de la Promoción, los Participantes y el Organizador se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Nacionales Comerciales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción y renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiere eventualmente corresponder.

ANEXO A - DISTRIBUIDORES

DISTRIBUIDORA DIRECCIÓN LOCALIDAD
ACEVEDO MARIO R (Salta) LOS LANCEROS 1275 SALTA
ACEVEDO MARIO RAMON AV.PTE.CASTILLO 783 CATAMARCA
AGROIMPULSO S.R.L. LUIS F.NOUGUES Esq.LUCAS CORDOBA ALBERDI
ANDRE FRENO S.R.L. TUCUMAN 939 SUR SAN JUAN
BERAL SRL CALLE 121 E/ 79 y 80 Nro.2318 LA PLATA
CARBALLO GERMAN AV. CONGRESO E/ BALBI Y CORRIENTES VICTORIA
CARLOS LAGGER S.A. PEDRO VITTORI 3737 SANTA FE
CENTRO DEL ENCENDIDO S.A.C.I.F.I. PUEYRREDON 401 RESISTENCIA
COMPAÑIA ARRATE S.A.S. CALLE 59 NRO 3734 ESQ 80 NECOCHEA
DALL ARMELLINA A Y URRUTIA A SOC H SARMIENTO 453 TIGRE
DE ELIZALDE JOSE MANUEL FELIX BIQUEZ 550 RIO GALLEGOS
DIST MAYORISTA DE AUTOPIEZAS S.A AV. YRIGOYEN 1616 ALTA GRACIA
DISTRIBUIDORA ACME S.R.L. PEHUEN 128 NEUQUEN
DPS SOCIEDAD ANONIMA GOBERNADOR ANAYA 846 NEUQUEN
EDUARDO RAMOS S.C. AV. ALSINA 40 PIGUE
ESTARRONA MARIA SOLEDAD MONTEVIDEO 117 -BARRIO PANAMERICANO LA RIOJA
EVER WEAR S.A. ROSARIO DE SANTA FE 1698 SAN FRANCISCO
LUB LUROTRAC S.A. AV.PEDRO LURO 8123 MAR DEL PLATA
MAFFERETTI S.A.I SANTA FE 446 9 DE JULIO
MAXIMO GIFFONI S.A. AV. DEL VALLE 4421 OLAVARRIA
MERIDIANO OESTE S.R.L. FRIONE 4535 CIUDADELA
MIPOL REPUESTOS S.A. AVENIDA BELGRANO 1838 SAN MIGUEL DE TUCUMAN
NESTOR SIGOT S.A. MONSEÑOR TAVELLA 1349 CONCORDIA
NUCLEO ENCENDIDO S.R.L. (M) CARRIL RODRIGUEZ PEÑA 901 MAIPU
NUCLEO ENCENDIDO S.R.L.(C) AV.LA VOZ DEL INTERIOR 6760 CORDOBA
PATAGONIA INGENIERIA S.A. (D) DOMECQ GARCIA NORTE 343 PUERTO MADRYN
PATAGONIA INGENIERIA S.A. (D) LOBOS 180 B VILLA DOMINICO
PEREZ HUGO ALBERTO SAN MARTIN 959 RIO GRANDE
PEREZ HUGO ALBERTO MARCOS ZAR 164 USHUAIA
PEREZ HUGO ALBERTO PERITO MORENO 2033 USHUAIA
PEREZ HUGO ALBERTO FRANCISCO BILBAO 1094 RIO GRANDE
PETROELF S.R.L ALTE. BROWN 1547 PARANA
PIASENTINI ANDRES SEBASTIAN AV GRAL J DE MADARIAGA 278 GOYA
RICARDO O. GRALATTO S.R.L. DR.BENITO DE MIGUEL 517 JUNIN
ROGELIO O. REYMUNDO S.A. AYACUCHO 5727 ROSARIO
ROMERO RODRIGO Y ROMERO OMAR SOC. D WILDE 182 SANTA ROSA
ROSTAN LUCAS ADOLFO SAMUEL LOPEZ Y PLANES 320 TRELEW
SAPOZNIK RAUL ALBERTO AV.JULIO A. ROCA 181 COMODORO RIVADAVIA
SERVIPETRO BAHIA S.R.L AV.COLON 1645 BAHIA BLANCA
SESMERO MARIA EUGENIA AV.LAVALLE Y SUECIA POSADAS
SIMON SOLIVELLAS e HIJOS S.A. MARIE CURIE 6373 VILLA NUEVA
SUCESION IBARRA, MARIA ROSA DR.BENITO DE MIGUEL 591 JUNIN
SUPERMERCADO DE LOS FILTROS S.H. HIPOLITO YRIGOYEN 1330 RECONQUISTA
TECNOPLANT S.R.L. BOULOGNE SUR MER 598 GENERAL SAN MARTIN
TODO SOL S.R.L. BLANCA SAUCO 79 CAMPO GRANDE
TOMASGO S.A. RUTA 205 KM. 98,230 LOBOS
VETARO SOC. COL. INTENDENTE MACIEL 696 VILLA MARIA
VETARO SOC. COL. (1) CALLAO 552 ROSARIO
VIMI S.A. ING GUILLERMO MARCONI 865 EL PALOMAR
ZANIN ENRIQUE DEX VELEZ SARSFIELD 1565 FORMOSA
ZANIN ENRIQUE TWS 25 DE MAYO 1063 RESISTENCIA
ZUPANOVICH, DARIO LUJAN AV. AMEGHINO 706 PERGAMINO